firma entre brou e IM
Convenio entre la Intendencia de Montevideo y el Banco República

El objetivo es facilitar y promover el acceso a servicios financieros por parte de las micro, pequeñas y medianas empresas.

A través del convenio las Mipymes podrán acceder a un préstamo de hasta U$S 25.000 con tasa 0%.

Serán beneficiarios del crédito que ofrece este convenio aquellas empresas que reúnan las siguientes condiciones:
  

  •     Cumplir las políticas de crédito exigidas por el Banco de la República Oriental del Uruguay, al momento de iniciar la solicitud.
  •     Encontrarse autorizado expresamente por la Intendencia de Montevideo para adherir a este Convenio.
  •     La calificación en la Central de Riesgos del Banco Central del Uruguay al momento de otorgar la asistencia deberá ser igual o superior a 2B.
  •     De tratarse de empresas que aún no son clientes BROU, deberán cumplir con el proceso de aceptación de cliente en acuerdo con los criterios vigentes.
  •     La aceptación como clientes, así como la eventual concesión del crédito, corresponderá exclusivamente al BROU.


Garantía

A través de este convenio la IM crea un fondo para garantizar el 70% de los créditos otorgados, asumiendo el Brou el 30% restante. A los efectos del convenio, la IM crea un fondo en el Brou, de hasta U$S 700.000 ampliable al 100 %.

Ante atrasos del pago de la cuota e inicio de acciones de recuperación, la IM queda exenta del pago de la tasa de interés.

Condiciones Generales del Crédito

La asistencia financiera se concederá para aquellas empresas que cuenten con la aprobación del BROU previa autorización del prospecto por parte de IM.

La asistencia financiera a conceder será en moneda nacional hasta el equivalente a USD 25.000 (dólares americanos veinticinco mil) al momento de la concesión.

Este monto podrá aumentarse, de forma excepcional, con autorización expresa de la IM y aprobación de BROU, luego de realizar estudio ampliado del cliente. La asistencia financiera se concederá en el producto:

  •     Capital de Trabajo Microempresa hasta 12 meses
  •     Inversión de Capital de Trabajo hasta 24 meses

La amortización del crédito será de forma mensual, pudiendo diferir el pago de la primera cuota, hasta 90 días contados a partir del ingreso de la operación.


La tasa de interés y mora se definirá por el BROU según su política de tasas vigente con tasa bonificada. Será especificada al momento del inicio de operaciones.

Por consultas: prestamos.brou.im@imm.gub.uy